Recepción de los trámites 2025 a partir del mes de Noviembre 2024.
Gerencia de Gestión Asistencial
El afiliado/a deberá estar registrado/a en la autogestión de Unión Personal para acceder a la plataforma digital y cargar la documentación.
En el apartado Descargas se encuentra el Instructivo con los requisitos para la presentación año 2025 de la documentación y sus anexos según Resolución 1743/2024 de la Superintendencia de Servicios de Salud.
Todas las solicitudes año 2025 serán evaluadas de acuerdo a la Resolución 1743/2024 SSSalud. Tanto en el caso de continuidad, inicio, ampliación y modificación sólo podrán comenzar los tratamientos prescriptos si tienen la autorización emitida por la Obra Social, luego de haber presentado la documentación completa a los fines de la auditoría por parte del Equipo Interdisciplinario.
El comienzo de las prestaciones sin autorización previa resulta responsabilidad del prestador/a y del afiliado/a titular y no obliga a la Obra Social a cubrir las mismas.
Sólo se autorizarán trámites con la documentación completa según el presente instructivo.
Se deberá presentar el esquema terapéutico completo para su evaluación por el Equipo Interdisciplinario. Caso contrario, el esquema prestacional autorizado será pasible de una reevaluación integral.
Toda la documentación requerida se encuentra sujeta a rectificación de acuerdo a eventuales modificaciones de la normativa vigente de la Superintendencia de Servicios de Salud u otro organismo competente.
La cobertura por discapacidad se otorgará a partir del año de edad.
Unicamente se dará cobertura a las prestaciones que se encuentren contempladas en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.
En concordancia con lo sugerido por la Superintendencia de Servicios de Salud, el Equipo Interdisciplinario de la Obra Social tendrá la potestad, si correspondiera, de realizar evaluaciones de seguimiento sobre los tratamientos autorizados.