Medicamentos para enfermedades crónicas prevalentes.


Según la Resolución N° 310/04 del Ministerio de Salud de la Nación.


Informamos que a partir del 1° de septiembre, podrá acceder de manera más ágil y simple a la cobertura de Medicamentos para enfermedades crónicas prevalentes según la Resolución N° 310/04 del Ministerio de Salud de la Nación, obteniendo el descuento en los medicamentos acorde a lo indicado por la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación.
Para ello, hemos desarrollado el trámite digital que le evitará tener que concurrir en forma personal a las sedes de Unión Personal.
Es de destacar que si usted ya utilizaba dicha modalidad, ha sido empadronado de manera automática, no teniendo que realizar trámite alguno, pudiendo retirar los mismos medicamentos en la red de farmacias que se detalla en esta comunicación.
Haciendo clic aquí podrá comprobar si la medicación que utiliza se encuentra alcanzada dentro de esta resolución.



Solicitud de medicamentos para enfermedades crónicas Resolución 310



  • Ingresar en nuestra web www.unionpersonal.com.ar e iniciar sesión en Autogestión.

  • En el panel derecho ingresar a la opción Accesos Directos > Descargas Útiles

  • Descargar el formulario Solicitud De Medicamentos Para Enfermedades Crónicas Resolución 310

  • Adjuntar y el formulario firmado por el médico tratante a través de Autorizaciones > Nueva Autorización > Tipo de orden: Medicación Crónica por resolución 310.

  • A las 48/72hs podrá adquirir los medicamentos que se encuentren dentro de la cobertura indicada por la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, en las farmacias habilitadas para tal fin.

  • Recuerde que la o las recetas deberán ser confeccionadas de manera exclusiva para dicha medicación, no pudiendo compartir la receta con otros medicamentos que tengan una cobertura distinta.


Además informamos que hemos ampliado la red de farmacias disponibles en AMBA. A partir del 1/9/2020, cuenta con las siguientes opciones:



FARMACIAS RESOLUCIÓN 310
















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